Trámite de liquidación del impuesto de transmisiones patrimoniales
Nos encargamos de LIQUIDAR el I.T.P. de su COMPRAVENTA DE BIENES MUEBLES (vehículos, embarcaciones) O INMUEBLES, O CONSTITUCIÓN y TRANSMISIÓN DE DERECHOS REALES SOBRE LOS MISMOS, ante la Administración de la Comunidad Autónoma competente.
La tramitación es enteramente ONLINE. Seleccione las características del tramites que desea solicitar.
El coste de cada característica se indica sin IVA del 21%.
NOTA: EL PAGO POR UN TRAMITE NO SE REALIZA AL MOMENTO DE SOLICITARLO. SEGÚN NOS LLEGUE SU SOLICITUD LE CONTACTAREMOS.
La COMPRAVENTA DE BIENES MUEBLES, como participaciones sociales, embarcaciones o vehículos; o INMUEBLES, Y LA CONSTITUCIÓN; O TRANSMISIÓN DE DERECHOS REALES SOBRE LOS MISMOS, está sujeta al Impuesto de Trasmisiones Patrimoniales, que debe liquidarse y abonarse en un plazo breve, a contar de la formalización del contrato, ante la Administración Tributaria de la Comunidad Autónoma competente.
En AGAVE- TRAMITES ONLINE nos ocupamos de realizar la LIQUIDACIÓN DEL I.T.P en la Comunidad Autónoma que corresponda, mediante procedimientos ONLINE.
Complementaremos el correspondiente MODELO FISCAL, remitiéndoselo para el pago por banco; o le indicaremos la Cuenta de la Administración Tributaria en que hacer el abono.
Documentación a aportar en el trámite de liquidación de impuestos de transmisiones patrimoniales
Basta nos haga llegar la ESCRITURA O CONTRATO PRIVADO en que se documenta la transmisión.
Preguntas frecuentes sobre el impuesto de transmisiones patrimoniales
¿Cuál es el plazo para liquidar el ITP?
EN GENERAL, los impuestos que tramitamos deben liquidarse en el plazo de UN MES, desde la firma de la escritura o el contrato privado, para no incurrir en sanción. En algunas Comunidades el plazo se amplía, al no computarse los festivos.
¿Qué ocurre si ya se ha excedido el plazo?
En este caso SE DEBE LIQUIDAR CUANTO ANTES con el incremento de la sanción prevista por la ley cuando no hay previo requerimiento (5% en general); ya que cuando la Administración requiere al sujeto pasivo para la liquidación de un impuesto no declarado, la liquidación es mucho mayor (20% en general).
¿Cómo pago el impuesto de transmisiones patrimoniales?
AGAVE remitirá a su correo electrónico, el DOCUMENTO DE PAGO DEL IMPUESTO para que lo pase por su banco, o le facilitará la cuenta corriente de la Administración Tributaria para que realice TRANSFERENCIA del importe del Impuesto en cuestión.
¿Qué documentos están sujetos al impuesto de transmisiones patrimoniales?
En general, los documentos privados y las escrituras públicas, que contienen transmisión de bienes muebles e inmuebles, constitución transmisión o extinción de derechos reales.
¿Debo liquidar los documentos privados que contienen actos sujetos al impuesto?
En principio, estos documentos deben liquidarse. No obstante, si el acto se va a elevar a escritura pública ante notario, suele esperarse a ésta para la liquidación.
¿Qué pasa si el documento tributa exento?
Determinados documentos deben liquidarse del Impuesto correspondiente, aunque EXENTOS, es decir, sin hacer pago de cantidad alguna, simplemente declarándolos a la Administración Tributaria. Se encuentran en esta categoría las compraventas de participaciones sociales, y los préstamos, entre otros. En estos casos AGAVE realiza la presentación del modelo fiscal sin llevarse a cabo el proceso de pago a la Administración.
Otros trámites de liquidación de impuestos
IMPUESTO DE SUCESIONES
Impuestos sobre herencias/legados
IMPUESTO DE DONACIONES
Transmisiones gratuitas de dinero, y otros bienes muebles e inmuebles
IMPUESTO DE ACTOS JURÍDICOS DOCUMENTADOS
Documentos notariales inscribibles
IMPUESTO DE OPERACIONES SOCIETARIAS
Constitución sociedades, aumentos de capital, reducción de capital, disolución y liquidación de sociedades
IMPUESTO IVTNU (Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana)
Plusvalía municipal